Defensor del pueblo |
Defensor del PuebloConstitución Política del Estado |
CAPITULO II Defensor del Pueblo |
Artículo 127 .- El Defensor del Pueblo vela por la vigencia de los
derechos y garantias de las personas en relacion a la actividad
de las administraciones, nacional, departamental y municipal.
El Defensor del Pueblo no recibe instrucciones de los poderes publicos y goza de autonomia funcional y administrativa en el ejercicio de sus funciones. El presupuesto del Poder Legislativo contemplara una partida para el funcionamiento de esta institucion. |
Artículo 128 .- Para ser Defensor del Pueblo se requiere las
mismas condiciones que para ser Senador.
Es elegido por el Congreso por dos tercios de votos del total de sus miembros. Ejerce sus funciones por un periodo de cinco años. Puede ser reelegido por una sola vez, transcurrido un periodo. Goza de las mismas inmunidades y prerrogativas que los senadores. La funcion del Defensor del Pueblo es incompatible con todo otro cargo publico o actividad privada. |
Artículo 129 .- El Defensor del Pueblo tiene la facultad de interponer Recurso Directo de Nulidad, Amparo, y Habeas Corpus.
El Defensor del Pueblo tiene acceso libre e irrestricto a los medios de comunicacion social del Estado. Todas las autoridades y funcionarios publicos tienen la obligacion de proporcionar al Defensor del Pueblo la informacion que solicite, en el plazo que el establezca bajo pena de ser procesados como reos de atentado contra los derechos y garantias constitucionales. El Defensor del Pueblo tiene libre acceso a los centros de detencion y reclusion. |
Artículo 130 .- El Defensor del Pueblo debe informar al Congreso
sobre su gestion por lo menos una vez al año.
Podra ser convocado por cualquiera de las Comisiones del Congreso con fines legislativos y de fiscalizacion. |
Artículo 131 .- La Ley fija la organizacion y competencia del
Defensor del Pueblo y la forma de designacion de sus delegados
auxiliares.
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Constitución de BoliviaDisposiciones generales Estado Derechos y deberes fundamentales de la persona Garantías de la persona Nacionalidad Ciudadanía Funcionarios públicos Disposiciones generales Legislativo Cámara de Diputados Cámara de Senadores El Congreso Procedimiento Legislativo Comisión de Congreso Presidente de la República Ministros de Estado Régimen interior Conservación del orden público Disposiciones generales - Judicial Corte Suprema de Justicia Tribunal Constitucional Consejo de la Judicatura Ministerio Público Defensor del Pueblo Disposiciones generales - Económico y financiero Bienes nacionales Política económica del Estado Rentas y presupuestos Contraloría General Régimen social Régimen agrario y campesino Régimen cultural Régimen familiar Régimen municipal Régimen de las Fuerzas Armadas Régimen de la Policía Nacional El sufragio Los partidos políticos Los órganos electorales Primacía de la Constitución Reforma de la Constitución |