Derechos y deberes fundamentales

Derechos y deberes fundamentales

Derechos y deberes fundamentales

Derechos y Deberes fundamentales

Constitución Política del Estado

DERECHOS Y DEBERES FUNDAMENTALES DE LA PERSONA
Artículo 5 .- No se reconoce ningun genero de servidumbre y nadie podra ser obligado a prestar trabajos personales sin su pleno consentimiento y justa retribucion. Los servicios personales solo podran ser exigibles cuando asi lo establezcan las leyes.
Artículo 6 .- Todo ser humano tiene personalidad y capacidad juridica, con arreglo a las leyes. Goza de los derechos, libertades y garantias reconocidas por esta Constitucion, sin distincion de raza, sexo, idioma, religion, opinion politica o de otra indole, origen, condicion economica o social, u otra cualquiera.
La dignidad y la libertad de la persona son inviolables. Respetarlas y protegerlas es deber primordial del Estado.
Artículo 7 .- Toda persona tiene los siguientes derechos fundamentales, conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio:
a) a la vida, la salud y la seguridad;
b) a emitir libremente sus ideas y opiniones, por cualquier
medio de difusion;
c) a reunirse y asociarse para fines licitos;
d) a trabajar y dedicarse al comercio, la industria o a
cualquier actividad licita, en condiciones que no
perjudiquen al bien colectivo;
e) a recibir instrucciones y adquirir cultura;
f) a enseñar bajo la vigilancia del Estado;
g) a ingresar, permanecer, transitar y salir del territorio
nacional;
h) a formular peticiones individual y colectivamente.
i) a la propiedad privada, individual y colectivamente, siempre
que cumpla una funcion social;
j) a una remuneracion justa por su trabajo, que le asegure para
si y su familia una existencia digna del ser humano;
k) a la seguridad social, en la forma determinada por esta Constitucion y las leyes.
Artículo 8 .- Toda persona tiene los siguientes deberes fundamentales:
a) de acatar y cumplir la Constitucion y las leyes de la República;
b) de trabajar, segun su capacidad y posibilidades, en actividades socialmente utiles;
c) de adquirir instruccion por lo menos primaria;
d) de contribuir, en proporcion a su capacidad economica, al sostenimiento de los servicios publicos;
e) de asistir, alimentar y educar a sus hijos menores de edad, asi como de proteger y socorrer a sus padres; cuando se hallen en situacion de enfermedad, miseria o desamparo.
f) de prestar los servicios civiles y militares que la Nacion requiera para su desarrollo, defensa y conservacion;
g) de cooperar con los organos del Estado y la comunidad en el servicio y la seguridad sociales;
h) de resguardar y proteger los bienes e intereses de la colectividad.

Constitución de Bolivia


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Derechos y deberes fundamentales de la persona
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