Primacia de la constitucion

Primacia de la constitucion

Primacia de la Constitucion

Constitución Política del Estado

TITULO PRIMERO - Primacia de la Constitucion
Artículo 228 .- La Constitucion Politica del Estado es la Ley Suprema del ordenamiento juridico nacional. Los tribunales,jueces y autoridades la aplicaran con preferencia a las leyes, estas con preferencia a cualesquiera otras resoluciones.
Artículo 229 .- Los principios, garantias y derechos reconocidos por esta Constitucion no pueden ser alterados por las leyes que regulen su ejercicio ni necesitan de reglamentacion previa para su cumplimiento.

Constitución de Bolivia


Disposiciones generales Estado
Derechos y deberes fundamentales de la persona
Garantías de la persona
Nacionalidad
Ciudadanía
Funcionarios públicos
Disposiciones generales Legislativo
Cámara de Diputados
Cámara de Senadores
El Congreso
Procedimiento Legislativo
Comisión de Congreso
Presidente de la República
Ministros de Estado
Régimen interior
Conservación del orden público
Disposiciones generales - Judicial
Corte Suprema de Justicia
Tribunal Constitucional
Consejo de la Judicatura
Ministerio Público
Defensor del Pueblo
Disposiciones generales - Económico y financiero
Bienes nacionales
Política económica del Estado
Rentas y presupuestos
Contraloría General
Régimen social
Régimen agrario y campesino
Régimen cultural
Régimen familiar
Régimen municipal
Régimen de las Fuerzas Armadas
Régimen de la Policía Nacional
El sufragio
Los partidos políticos
Los órganos electorales
Primacía de la Constitución
Reforma de la Constitución
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