De la Nacionalidad

De la Nacionalidad

De la Nacionalidad

De La Nacionalidad

Constitución de la República Federativa de Brasil

CAPITULO III

DE LA NACIONALIDAD

Art. 12. Son brasileños:

I de origen:

a) los nacidos en la República Federativa del

Brasil, aunque de padres extranjeros,

siempre que éstos no estén al servicio de su

país;

b) los nacidos en el extranjero de padre

brasileño o madre brasileña, siempre que

cualquiera de ellos esté al servicio de la

República Federativa del Brasil;

c) los nacidos en el extranjero de padre

brasileño o madre brasileña, siempre que

sean registrados en la oficina brasileña

competente o vengan a residir a la República

Federativa del Brasil antes de la mayoría de

edad y, alcanzada ésta, opten en cualquier

momento por la nacionalidad brasileña.

II) naturalizados:

a) los que, en la forma de la ley, adquieran la

nacionalidad brasileña exigiéndose a los

originarios de paises de lengua portuguesa

residencia sólo durante un año

ininterrumpido e idoneidad moral;

b) los extranjeros de cualquier nacionalidad,

residentes en la República Federativa del

Brasil desde hace más de treinta años

ininterrumpidos y sin condena penal, siempre

que soliciten la nacionalidad brasileña;

1[[ordmasculine]] A los portugueses con residencia permanente

en el País les serán atribuídos los derechos

inherentes al brasileño de orígen, si

hubiese reciprocidad en favor de los

brasileños, salvo en los casos previstos en

esta Constitución.

2[[ordmasculine]] La ley no podrá establecer distinción entre

brasileños de origen y naturalizados, salvo

en los casos previstos en esta Constitución.

3[[ordmasculine]] Son privativos del brasileño de orígen los

cargos:

I de Presidente y Vicepresidente de la

República;

II de Presidente de la Cámara de Diputados;

III de Presidente del Senado Federal;

IV de Ministro del Supremo Tribunal Federal;

V de la carrera diplomática;

VI de oficial de las Fuerzas Armadas.

4[[ordmasculine]] Será declarada la pérdida de la nacionalidad

del brasileño que:

I tuviese cancelada su naturalización por

sentencia judicial, en virtud de actividad

perjudicial al interés nacional;

II adquiriese otra nacionalidad por

naturalización voluntaria.

Art. 13. La lengua portuguesa es el idioma oficial de la

República Federativa del Brasil.

1[[ordmasculine]] Son símbolos de la República Federativa del

Brasil, la bandera, el himno y el sello

nacionales.

2[[ordmasculine]] Los Estados, el Distrito Federal y los

Municipios podrán tener símbolos propios.

Constitución de la República Federativa de Brasil

Derechos y deberes individuales y colectivos
Derechos y deberes individuales y colectivos
Derechos Sociales
Nacionalidad
Derechos Politicos
Partidos politicos
Organización Político-administrativa
De La Unión
Estados Federales
Los Municipios
Distrito Federal Y De Los Territorios
La Intervención
La Administración Pública
Poder Legislativo
Poder Ejecutivo
Poder Judicial
Estado de Defensa Y del Estado de Sitio
Sistema Tributario Nacional
las Finanzas Públicas
Los Principios Generales de la Actividad Económica
La Política Urbanística
De La Política Agrícola Y Territorial Y De La Reforma Agraria
Sistema Financiero Nacional
Disposiciones Generales
De la Salud
La Previsión Social
La Asistencia Social
La Educación
De la Cultura
Deporte
la Ciencia y Tecnología
la Comunicación Social
Medio Ambiente
La Familia, del Niño, del Adolescente Y del Anciano
Los Indios
Las Disposiciones Constitucionales Generales
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