Del distrito Nacional y de los municipios |
Constitución de República Dominicana |
Del distrito Nacional y de los Municipios
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TITULO VIII |
DEL DISTRITO NACIONAL Y DE LOS MUNICIPIOS |
ARTICULO 82. - El Gobierno del Distrito Nacional y el de los municipios estarán cada uno a cargo de un ayuntamiento, cuyos regidores, así como sus suplentes, en el número que será determinado por la ley proporcionalmente al de habitantes, sin que en ningún caso puedan ser menos de cinco, serán elegidos, al igual que el Síndico del Distrito Nacional y de los Síndicos Municipales y sus suplentes, por el pueblo de dicho Distrito y de los municipios, respectivamente, cada cuatro años, en la forma que determinen la Constitución y las leyes, mediante candidaturas que podrán ser propuestas por partidos políticos o por agrupaciones políticas regionales, provinciales o municipales. |
ARTICULO 83. - Los ayuntamientos así como los Síndicos, son independientes en el ejercicio de sus funciones, con las restricciones y limitaciones que establezcan la Constitución y las leyes, las cuales determinarán sus atribuciones, facultades y deberes. |
ARTICULO 84. - La ley determinará las condiciones para ejercer los cargos indicados en los Artículos 82 y 83. Los extranjeros mayores de edad podrán desempeñar dichos cargos en las condiciones que prescriba la ley, siempre que tengan residencia de más de 10 años en la jurisdicción correspondiente. |
ARTICULO 85. - Tanto
en la formulación como en la ejecución de sus
presupuestos, los ayuntamientos estarán obligados a mantener
las apropiaciones y las erogaciones destinadas a cada clase de
atenciones y servicios. Los ayuntamientos podrán, con la
aprobación que la ley requiera, establecer arbitrios, siempre
que éstos no colidan con los impuestos nacionales, con el
comercio intermunicipal o de exportación, ni con la
Constitución o las leyes.
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Constitución de República DominicanaNación, de su Soberanía y de su Gobierno Territorio Regimen económico y social fronterizo Derechos individuales y sociales De los deberes Nacionalidad Ciudadania Poder legislativo Senado Cámara de diputados Disposiciones comunes a ambas cámaras Congreso Formación y efecto de las leyes Poder ejecutivo Secretarios de estado Poder judicial Suprema corte de justicia Cortes de apelación Tribunal de tierras Juzgados de primera instancia Juzgados de paz Cámara de cuentas Distrito Nacional y de los municipios Regimen de las provincias Asambleas electorales Fuerzas armadas Disposiciones generales Reformas constitucionales Disposiciones Transitorias |