De las reformas constitucionales

De las reformas constitucionales

De las reformas constitucionales

Constitución de República Dominicana

De las Reformas Constitucionales

TITULO XIII
DE LAS REFORMAS CONSTITUCIONALES
ARTICULO 116. - Esta Constitución podrá ser reformada si la proposición de reforma se presenta en el Congreso Nacional con el apoyo de la tercera parte de los miembros de una u otra Cámara, o si es sometida por el Poder Ejecutivo.
ARTICULO 117. - La necesidad de la reforma se declarará por una ley. Esta ley, que no podrá ser observada por el Poder Ejecutivo, ordenará la reunión de la Asamblea Nacional, determinará el objeto de la reforma e indicará los artículos de la Constitución sobre los cuales versará.
ARTICULO 118. - Para resolver acerca de las reformas propuestas, la Asamblea Nacional se reunirá dentro de los quince días siguientes a la publicación de la ley que declare la necesidad de la reforma, con la presencia de más de la mitad de los miembros de cada una de las Cámaras. Una vez votadas y proclamadas las reformas por la Asamblea Nacional, la Constitución será publicada íntegramente con los textos reformados.
Por excepción de lo dispuesto en el Artículo 27, las decisiones se tomarán en este caso, por la mayoría de las dos terceras partes de los votos.
ARTICULO 119. - Ninguna reforma podrá versar sobre la forma de Gobierno, que deberá ser siempre civil, republicano, democrático y representativo.
ARTICULO 120. - La reforma de la Constitución sólo podrá hacerse en la forma que indica ella misma, y no podrá jamás ser suspendida ni anulada por ningún poder ni autoridad ni tampoco por aclamaciones populares.


Constitución de República Dominicana


Nación, de su Soberanía y de su Gobierno
Territorio
Regimen económico y social fronterizo
Derechos individuales y sociales
De los deberes
Nacionalidad
Ciudadania
Poder legislativo
Senado
Cámara de diputados
Disposiciones comunes a ambas cámaras
Congreso
Formación y efecto de las leyes
Poder ejecutivo
Secretarios de estado
Poder judicial
Suprema corte de justicia
Cortes de apelación
Tribunal de tierras
Juzgados de primera instancia
Juzgados de paz
Cámara de cuentas
Distrito Nacional y de los municipios
Regimen de las provincias
Asambleas electorales
Fuerzas armadas
Disposiciones generales
Reformas constitucionales
Disposiciones Transitorias
Reformas Constitucionales 2024
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