Los ciudadanos sus derechos y deberes politicos | ||||||||||||||
Los ciudadanos, sus derechos y deberes políticos- Constitución Política de la República de El Salvador | ||||||||||||||
CAPITULO III
LOS CIUDADANOS, SUS DERECHOS Y DEBERES POLITICOS Y EL CUERPO ELECTORAL
1) Ejercer el sufragio;
2) Asociarse para constituir partidos políticos de acuerdo con laley e ingresar a los ya constituidos;
3) Optar a cargos públicos, cumpliendo con los requisitos quedeterminan esta Constitución y las leyes secundarias.
1) Ejercer el sufragio;
2) Cumplir y velar porque se cumpla la Constitución de laRepública;
3) Servir al Estado de conformidad con la ley.
El ejercicio del sufragio comprende, además , el derecho de votar en laconsulta popular directa, contemplada en esta Constitución.
1) Auto de prisión formal; 2) Enajenación mental;
3) Interdicción judicial;
4) Negarse a desempeñar, sin justa causa, un cargo deelección popular; en este caso, la suspensión durará todoel tiempo que debiera desempeñarse el cargo rehusado.
1) Los de conducta notoriamente viciada;
2) Los condenados por delito;
3) Los que compren o vendan votos en las elecciones;
4) Los que suscriban actas, proclamas o adhesiones para promover o apoyarla reelección o la continuación del Presidente de laRepública, o empleen medios directos encaminados a ese fin;
5) Los funcionarios, las autoridades y los agentes de éstas quecoarten la libertad del sufragio.
En estos casos,los derechos de ciudadanía se recuperan porrehabilitación expresa declarada por autoridad competente.
Para elecciones de Diputados se adoptará el sistema derepresentación proporcional.
La ley determinará la forma, tiempo y demás condiciones para elejercicio del sufragio.
La fecha de las elecciones para Presidente y Vicepresidente de laRepública, deberá preceder no menos de dos meses ni más decuatro a la iniciación del período presidencial.
Cuando en las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la Repúblicaningún partido político o coalición de partidos politicosparticipantes, haya obtenido mayoría absoluta de votos de conformidadcon el escrutinio practicado, se llevará a cabo una segundaelección entre los dos partidos políticos o coalición departidos políticos que haya obtenido mayor número de votosválidos; esta segunda elección deberá celebrarse en unplazo no mayor de treinta días después de haberse declaradofirmes los resultados de la primera elección.
Cuando por fuerza mayor o caso fortuito, debidamente calificados por laAsamblea Legislativa, no pudiere efectuarse la segunda elección en elperíodo señalado, la elección se verificará dentrode un segundo período no mayor de treinta días.
Tampoco podrán realizar propaganda política en ninguna forma.
El ejercicio del voto lo efectuarán los ciudadanos en los lugares quedetermine la ley respectiva y no podrá efectuarse en los recintos de lasinstalaciones militares.
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