De los tratados internacionales |
De los tratados internacionales
CAPÍTULO TERCERO: De los tratados internacionalesArtículo 93
Mediante Ley orgánica se podrá autorizar la celebración de Tratados por los que se atribuya a una organización o institución internacional el ejercicio de competencias derivadas de la Constitución. Corresponde a las Cortes Generales o al Gobierno, según los casos, la garantía del cumplimiento de estos Tratados y de las resoluciones emanadas de los organismos internacionales o supranacionales titulares de la cesión.
Artículo 94
1. La prestación del consentimiento del Estado para obligarse por medio de Tratados o convenios requerirá la previa autorización de las Cortes Generales, en los siguientes casos:
2. El Congreso y el Senado serán inmediatamente informados de la conclusión de los restantes Tratados o convenios.
Artículo 95
1. La celebración de un Tratado internacional que contenga estipulaciones contrarias a la Constitución exigirá la previa revisión constitucional.
2. El Gobierno o cualquiera de las Cámaras puede requerir al Tribunal Constitucional para que declare si existe o no esa contradicción.
Artículo 96
1. Los Tratados internacionales válidamente celebrados, una vez publicados oficialmente en España, formarán parte del ordenamiento interno. Sus disposiciones solo podrán ser derogadas, modificadas o suspendidas en la forma prevista en los propios Tratados o de acuerdo con las normas generales del Derecho Internacional.
2. Para la denuncia de los Tratados y convenios internacionales se utilizará el mismo procedimiento previsto para su aprobación en el artículo 94.
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Constitución Española de 27 de diciembre de 1978Título Preliminar Derechos y deberes fundamentales Españoles y extranjero Derechos y libertades Principios rectores de la política social y económica Garantías de la libertades y derechos fundamentales Suspensión de los derechos y libertades La corona Las Cámaras Elaboración de las leyes Tratados internacionales Gobierno y de la administración Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales Poder judicial Economía y Hacienda Principios Generales Administración Local Comunidades Autónomas Tribunal Constitucional Reforma Constitucional Disposiciones Adicionales Disposiciones Transitorias Disposición Derogatoria |