De la Direccion de Probidad Administrati

De la Direccion de Probidad Administrativa

De la Direccion de Probidad Administrativa

De la Dirección de Probidad Administrativa
Constitución de la República de Honduras 1982

CAPITULO V

DE LA DIRECCION DE PROBIDAD ADMINISTRATIVA


ARTICULO 232.- La Dirección de Probidad Administrativa será un organismo de control, auxiliar del Poder Legislativo, que tendrá independencia funcional y administrativa.

La ley regulará su organización, atribuciones y funcionamiento.

ARTICULO 233.- Se presume enriquecimiento ilícito, cuando el aumento del capital del funcionario o empleado público desde la fecha en que haya tomado posesión de su cargo, hasta aquella en que haya cesado en sus funciones, fuere notablemente superior al que normalmente hubiere podido obtener en virtud de los sueldos y emolumentos que haya percibido legalmente, y de los incrementos de su capital o de sus ingresos por cualquier otra causa lícita.

Igualmente se presumirá enriquecimiento ilícito cuando el servidor público no autorizare la investigación de sus depósitos bancarios o negocios en el país o en el extranjero.

Para determinar el aumento a que se refiere el párrafo primero de este artículo, se considerarán en conjunto el capital y los ingresos del funcionario o empleado, el de su cónyuge y el de sus hijos.

La declaración de bienes de los funcionarios y empleados públicos, se hará de conformidad con la ley.

Cuando fuere absuelto el servidor público tendrá derecho a reasumir su cargo.

ARTICULO 234.- El Director y Subdirector General de Probidad Administrativa serán elegidos por el Congreso Nacional para un período de cinc años y deberán reunir los mismos requisitos establecidos para los cargos de Contralor y Subcontralor de la República.

Constitución de la República de Honduras 1982

Preámbulo
Organización del Estado
Territorio
Tratados
De los hondureños
Extranjeros
Ciudadanos
Sufragio y los partidos políticos
Función electoral
De las declaraciones
Derechos individuales
Derechos sociales
Derechos del niño
Del trabajo
Seguridad social
La salud
Educación y cultura
La vivienda
Hábeas corpus y el amparo
La inconstitucionalidad y la revisión
La restricción o la suspensión de los derechos
Poder Legislativo
Formación, sanción y promulgación de la Ley
Contraloría General de la República
Procuraduría General de la República
Dirección de Probidad Administrativa
Poder Ejecutivo
Secretarías de Estado
Servicio civil
Instituciones descentralizadas
Fuerzas Armadas
Régimen departamental y municipal
Poder Judicial
Responsabilidad del Estado y de sus servidores
Sistema económico
Moneda y la banca
Reforma agraria
Régimen financiero
Hacienda Pública
Del presupuesto
Reforma de la Constitución
Inviolabilidad de la Constitución
Constitucion Probidad 2024
Agencia anticorrupción y “muerte cívica” para los funcionarios del Estado: las novedades en probidad de la propuesta constitucional La Tercera
Exfuncionarios señalan irrespeto a Constitución, fallas y omisiones de la Sección de Probidad de CSJ elsalvador.com
Chile: que el Consejo para la Transparencia tenga rango constitucional Aporrea
Dudas en agrupaciones políticas por alcance de concepto de ‘probidad notoria’ en análisis de enmienda constitucional que amplía requisitos para ser asambleísta El Universo