Del Regimen Departamental y Municipal |
Del régimen departamental y municipal |
Constitución de la República de Honduras 1982
CAPITULO XIDEL REGIMEN DEPARTAMENTAL Y MUNICIPAL ARTICULO 294.- El territorio nacional se dividirá en departamentos. Su creación y límites será decretados por el Congreso Nacional.
Los departamentos se dividirán en municipios autónomos administrados por corporaciones electas por el pueblo, de conformidad con la Ley.
ARTICULO 295.- El Distrito Central lo forman en un solo municipio los antiguos de Tegucigalpa y Camayagüela.
ARTICULO 296.- La Ley establecerá la organización y funcionamiento de las municipalidades y los requisitos para ser funcionario o empleado municipal.
ARTICULO 297.- Las municipalidades nombrarán libremente a los empleados de su dependencia incluyendo a los agentes de la policía que costeen con sus propios fondos.
ARTICULO 298.- En el ejercicio de sus funciones privativas y siempre que no contraríen las leyes, las Corporaciones Municipales serán independientes de los Poderes del Estado, responderán ante los tribunales de justicia por los abusos que cometan individual o colectivamente, sin perjuicio de la responsabilidad administrativa.
ARTICULO 299.- El desarrollo económico y social de los municipios debe formar parte de los programas de Desarrollo Nacional. ARTICULO 300.- Todo municipio tendrá tierras ejidales suficientes que le aseguren su existencia y normal desarrollo.
ARTICULO 301.- Deberán ingresar al Tesoro Municipal los impuestos y contribuciones que graven los ingresos provenientes de inversiones que se realicen en la respectiva comprensión municipal, lo mismo que la participación que le corresponda por la explotación o industrialización de los recursos naturales ubicados en su jurisdicción municipal, salvo que razones de conveniencia nacional obliguen a darles otros destinos.
ARTICULO 302.- Para los fines exclusivos de procurar el mejoramiento y desarrollo de las comunidades, los ciudadanos tendrán derecho a asociarse libremente en Patronatos, a constituir Federaciones y Confederaciones. La Ley reglamentará este derecho.
|
Constitución de la República de Honduras 1982 |
Preámbulo
Organización del Estado Territorio Tratados De los hondureños Extranjeros Ciudadanos Sufragio y los partidos políticos Función electoral De las declaraciones Derechos individuales Derechos sociales Derechos del niño Del trabajo Seguridad social La salud Educación y cultura La vivienda Hábeas corpus y el amparo La inconstitucionalidad y la revisión La restricción o la suspensión de los derechos Poder Legislativo Formación, sanción y promulgación de la Ley Contraloría General de la República Procuraduría General de la República Dirección de Probidad Administrativa Poder Ejecutivo Secretarías de Estado Servicio civil Instituciones descentralizadas Fuerzas Armadas Régimen departamental y municipal Poder Judicial Responsabilidad del Estado y de sus servidores Sistema económico Moneda y la banca Reforma agraria Régimen financiero Hacienda Pública Del presupuesto Reforma de la Constitución Inviolabilidad de la Constitución |