Del Regimen Departamental y Municipal

Del Regimen Departamental y Municipal

Del Regimen Departamental y Municipal

Del régimen departamental y municipal
Constitución de la República de Honduras 1982

CAPITULO XI

DEL REGIMEN DEPARTAMENTAL Y MUNICIPAL


ARTICULO 294.- El territorio nacional se dividirá en departamentos. Su creación y límites será decretados por el Congreso Nacional.

Los departamentos se dividirán en municipios autónomos administrados por corporaciones electas por el pueblo, de conformidad con la Ley.

ARTICULO 295.- El Distrito Central lo forman en un solo municipio los antiguos de Tegucigalpa y Camayagüela.

ARTICULO 296.- La Ley establecerá la organización y funcionamiento de las municipalidades y los requisitos para ser funcionario o empleado municipal.

ARTICULO 297.- Las municipalidades nombrarán libremente a los empleados de su dependencia incluyendo a los agentes de la policía que costeen con sus propios fondos.

ARTICULO 298.- En el ejercicio de sus funciones privativas y siempre que no contraríen las leyes, las Corporaciones Municipales serán independientes de los Poderes del Estado, responderán ante los tribunales de justicia por los abusos que cometan individual o colectivamente, sin perjuicio de la responsabilidad administrativa.

ARTICULO 299.- El desarrollo económico y social de los municipios debe formar parte de los programas de Desarrollo Nacional.

ARTICULO 300.- Todo municipio tendrá tierras ejidales suficientes que le aseguren su existencia y normal desarrollo.

ARTICULO 301.- Deberán ingresar al Tesoro Municipal los impuestos y contribuciones que graven los ingresos provenientes de inversiones que se realicen en la respectiva comprensión municipal, lo mismo que la participación que le corresponda por la explotación o industrialización de los recursos naturales ubicados en su jurisdicción municipal, salvo que razones de conveniencia nacional obliguen a darles otros destinos.

ARTICULO 302.- Para los fines exclusivos de procurar el mejoramiento y desarrollo de las comunidades, los ciudadanos tendrán derecho a asociarse libremente en Patronatos, a constituir Federaciones y Confederaciones. La Ley reglamentará este derecho.

Constitución de la República de Honduras 1982

Preámbulo
Organización del Estado
Territorio
Tratados
De los hondureños
Extranjeros
Ciudadanos
Sufragio y los partidos políticos
Función electoral
De las declaraciones
Derechos individuales
Derechos sociales
Derechos del niño
Del trabajo
Seguridad social
La salud
Educación y cultura
La vivienda
Hábeas corpus y el amparo
La inconstitucionalidad y la revisión
La restricción o la suspensión de los derechos
Poder Legislativo
Formación, sanción y promulgación de la Ley
Contraloría General de la República
Procuraduría General de la República
Dirección de Probidad Administrativa
Poder Ejecutivo
Secretarías de Estado
Servicio civil
Instituciones descentralizadas
Fuerzas Armadas
Régimen departamental y municipal
Poder Judicial
Responsabilidad del Estado y de sus servidores
Sistema económico
Moneda y la banca
Reforma agraria
Régimen financiero
Hacienda Pública
Del presupuesto
Reforma de la Constitución
Inviolabilidad de la Constitución
Constitucion Regimen Municipal 2024
Palabras del Derecho Palabras del Derecho
Constitución, municipalidad y elecciones Acento
¡Cuidado con la democracia nacional! Periódico La República (Costa Rica)
#Fallos CSJN: Inconstitucionalidad de la contribución municipal que incide sobre los servicios de protección sanitaria AL DÍA | ARGENTINA -