De la restriccion o la suspension de los derechos |
De la restricción o la suspensión de los derechos |
Constitución de la República de Honduras 1982
CAPITULO IIIDE LA RESTRICCION O LA SUSPENSION DE LOS DERECHOS ARTICULO 187.- El ejercicio de los derechos establecidos en los artículos 69, 71, 72, 78, 81, 84, 93, 99 y 103, podrán suspenderse en vaso de invasión del territorio nacional, perturbación grave de la paz, de epidemia o de cualquier otra calamidad general, por el Presidente de la República, de acuerdo con el Consejo de Ministros, por medio de un Decreto que contendrá:
1. Los motivos que lo justifiquen;
2. La garantía o garantías que se restrinjan;
3. El territorio que afectará la restricción; y,
4. El tiempo que durará ésta. Además se convocará en el mismo Decreto al Congreso Nacional para que dentro del plazo de treinta días, conozca de dicho decreto y lo ratifique, modifique o impruebe.
En caso que estuviere reunido, conocerá inmediatamente del Decreto.
La restricción de garantías no podrá exceder de un plazo de cuarenta y cinco días por cada vez que se decrete.
Si antes de que venza el plazo señalado para la restricción, hubieren desaparecido las causas que motivaron el Decreto, se hará cesar en sus efectos, y en este caso todo ciudadano tiene el derecho para instar su revisión. Vencido el plazo de cuarenta y cinco días, automáticamente quedan restablecidas las garantías, salvo que se hubiere dictado nuevo Decreto de restricción.
La restricción de garantías decretada, en modo alguno afectará el funcionamiento de los organismos del Estado, cuyos miembros gozarán siempre de las inmunidades y prerrogativas que les conceda la ley.
ARTICULO 188.- El territorio en que fuesen suspendidas las garantías expresadas en el artículo anterior se regirá durante la suspensión, por la Ley de Estado de Sitio, pero ni en dicha ley ni en otra alguna podrá disponerse la suspensión de otras garantías que las ya mencionadas.
Tampoco podrá hacerse, durante la suspensión, declaraciones de nuevos delitos ni imponerse otras penas que las ya establecidas en las leyes vigentes al decretarse la suspensión.
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Constitución de la República de Honduras 1982 |
Preámbulo
Organización del Estado Territorio Tratados De los hondureños Extranjeros Ciudadanos Sufragio y los partidos políticos Función electoral De las declaraciones Derechos individuales Derechos sociales Derechos del niño Del trabajo Seguridad social La salud Educación y cultura La vivienda Hábeas corpus y el amparo La inconstitucionalidad y la revisión La restricción o la suspensión de los derechos Poder Legislativo Formación, sanción y promulgación de la Ley Contraloría General de la República Procuraduría General de la República Dirección de Probidad Administrativa Poder Ejecutivo Secretarías de Estado Servicio civil Instituciones descentralizadas Fuerzas Armadas Régimen departamental y municipal Poder Judicial Responsabilidad del Estado y de sus servidores Sistema económico Moneda y la banca Reforma agraria Régimen financiero Hacienda Pública Del presupuesto Reforma de la Constitución Inviolabilidad de la Constitución |