Integrantes de la Federación y del Terr

Integrantes de la Federación y del Territorio Nacional

Integrantes de la Federación y del Territorio Nacional

Las Partes Integrantes De La Federacion Y Del Territorio Nacional En Mexico

Constitucion de Mexico
CAPÍTULO II - DE LAS PARTES INTEGRANTES DE LA FEDERACIÓN Y DEL TERRITORIO NACIONAL
Articulo 42. - El territorio nacional comprende:

1. El de las partes integrantes de la Federación.

2. El de las islas, incluyendo los arrecifes y cayos en los mares adyacentes.

3. El de las islas de Guadalupe y las de Revillagigedo, situadas en el Océano Pacífico.

4. La plataforma continental y los zócalos submarinos de las islas, cayos y arrecifes.

5. Las aguas de los mares territoriales en la extensión y términos que fija el Derecho internacional, y las marítimas interiores.

6. El espacio situado sobre el territorio nacional, con la extensión y modalidades que establezca el propio Derecho internacional.

Articulo 43. - Las partes integrantes de la Federación son los Estados de Aguascalientes, Baja California, Campeche, Coahuila, Colina, Chiapas, Chihuahua, Durango, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, México, Michoacán, Morelos, Nayant, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, San Luis, Veracruz, Yucatán, Zacatocas, Distrito Federal y territorios de la Baja California Sur y de Quintana Roo.
Articulo 44. - El Distrito Federal se compondrá del territorio que actualmente tiene, y en el caso de que los poderes federales se trasladen a otro lugar, se erigirá en Estado del Valle de México, con los límites y extensión que le asigne el Congreso General.
Articulo 45. - Los Estados y Territorios de la Federación conservan la extensión y límites que hasta hoy han tenido, siempre que no haya dificultad en cuanto a éstos.
Articulo 46. - Los Estados que tuviesen pendientes cuestiones de límites las arreglarán o solucionarán en los términos que establece esta Constitución.
Articulo 47. - El Estado de Nayarit tendrá la extensión territorial y límites que comprende actualmente el Territorio de Tepic.
Articulo 48. - Las islas, los cayos y arrecifes de los mares adyacente que pertenezcan al territorio nacional, la plataforma continental, los zócalos submarinos de las islas, de los cayos y arrecifes; los mares territoriales, las aguas marítimas interiores y el espacio situado sobre el territorio nacional dependerán directamente del Gobierno de la Federación, con excepción de aquellas islas sobre las que hasta la fecha hayan ejercido jurisdicción los Estados.

Constitucion de Mexico

Garantias Individuales
Mexicanos
Extranjeros
Ciudadanos Mexicanos
Soberania Nacional y de la Forma de Gobierno
Partes Integrantes de la Federacion y Del Territorio Nacional
Division de Poderes
Poder Legislativo
Elecciones e instalación del Congreso
Iniciativa y formación de las leyes
Facultades del Congreso
Comisión Permanente
Poder Ejecutivo
Poder Judicial
Responsabilidades de los Funcionarios Públicos
Estados de la Federación
Trabajo y de la Previsión Social
Prevenciones Generales
Reformas de la Constitución
Inviolabilidad de la Constitución
Articulos Transitorios
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