De la funcion legislativa |
De la función legislativa |
Capítulo II - DE LA FUNCIÓN LEGISLATIVA |
Artículo 103o. Pueden expedirse leyes especiales porque así lo exige la naturaleza de las cosas, pero no por razón de la diferencia de personas.
Ninguna ley tiene fuerza ni efecto retroactivos, salvo en materia penal, cuando favorece al reo. La ley se deroga sólo por otra ley. También queda sin efecto por sentencia que declara su inconstitucionalidad. La Constitución no ampara el abuso del derecho. |
Artículo 104o. El Congreso puede delegar en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar, mediante decretos legislativos, sobre la materia específica y por el plazo determinado establecidos en la ley autoritativa.
No pueden delegarse las materias que son indelegables a la Comisión Permanente. Los decretos legislativos están sometidos, en cuanto a su promulgación, publicación, vigencia y efectos, a las mismas normas que rigen para la ley. El Presidente de la República da cuenta al Congreso o a la Comisión Permanente de cada decreto legislativo. |
Artículo 105o. Ningún proyecto de ley puede sancionarse sin haber sido previamente aprobado por la respectiva Comisión dictaminadora, salvo excepción señalada en el Reglamento del Congreso. Tienen preferencia del Congreso los proyectos enviados por el Poder Ejecutivo con carácter de urgencia. |
Artículo 106o. Mediante leyes orgánicas se regulan la estructura y el funcionamiento de las entidades del Estado previstas en la Constitución , así como también las otras materias cuya regulación por ley orgánica está establecida en la Constitución.
Los proyectos de ley orgánica se tramitan como cualquiera otra ley. Para su aprobación o modificación, se requiere el voto de más de la mitad del número legal de miembros del Congreso.
|
Constitución Política de la República del Perú
Derechos Fundamentales de la Persona Derechos sociales y económicos Derechos políticos y de los deberes Función Pública Estado, la Nación y el Territorio Tratados Principios Generales Ambiente y los Recursos Naturales La propiedad Régimen Tributario y Presupuestal Moneda y la Banca Régimen agrario y de las comunidades campesinas y nativas Poder Legislativo Función legislativa Formación y promulgacion de las leyes Poder Ejecutivo Consejo de Ministros Relaciones con el Poder Legislativo Régimen de Excepción Poder Judicial Consejo Nacional de la Magistratura Ministerio Publico Defensora del Pueblo Seguridad y de la Defensa Nacional Sistema Electoral Descentralización, las regiones y las municipalidades Garantías Constitucionales Reforma de la Constitución Disposiciones Finales y Transitorias Declaración Antecedentes |