De la Nacion y su Soberania

De la Nacion y su Soberania

De la Nacion y su Soberania

- Constitución Política de la República Oriental del Uruguay
Sección I - DE LA NACION Y SU SOBERANIA
Capítulo I
Artículo 1. La República Oriental del Uruguay es la asociación política de todos los habitantes conprendidos dentro su territorio.
Artículo 2. Ella es y será para siempre libre e independiente de todo poder extranjero.
Artículo 3. Jamás será el patrimonio de persona ni de familia alguna.
Capítulo II
Artículo 4. La soberanía en toda su plenitud existe redicalmente en la Nación, a la que compete el derecho exclusivo de establecer sus leyes, del modo que más adelante se expresará.
Capítulo III
Artículo 5. Todos los cultos religiosos son libre en el Uruguay. El Estado no sostiene religión alguna. Reconoce a la Iglesia Católica el dominio de todos los templos que hayan sido total o parcialmente construídos con fondos del Erario Nacional, exceptuándose sólo las capillas destinadas al servicio de asilos, hospitales, cárceles u otros establecimientos públicos. Declara, asimismo, exentos de toda clase de impuestos a los templos consagrados al culto de las diversas religiones.
Capítulo IV
Artículo 6. En los tratados internacionales que celebre la República propondrá la cláusula de que todas las diferencias que surgan entre las partes contratantes, serán decididas por el arbitraje u otros medios pacíficos.
La República procurará la integración social y económica de los Estados Latinoamericanos, especialmente en lo que se refiere a la defensa común de sus productos y materias primas. Asimismo, propenderá a la efectiva complementación de sus servicios públicos.

Constitución Política de la República Oriental del Uruguay 1966
Nación y su Soberanía
Derechos, Deberes Y Garantías
Ciudadanía y del sufragio
Poder Legislativo
Sesiones de la Asamblea General disposiciones comunes a ambas Camaras de la Comisión permanente
Proposición, discusión, sanción y promulgación de las leyes
Relaciones entre el poder legislativo y el poder ejecutivo
Poder Ejecutivo
Ministros De Estado
Entes autónomos y de los servicios descentralizados
Consejo de Economía Nacional
Tribunal de Cuentas
Hacienda Pública
Poder Judicial
Gobierno y de la Administración, de los Departamentos
De Lo Contencioso - Administrativo
Justicia Electoral
Observacia de las leyes anteriores, del cumplimiento y de la reforma de la presente constitucion
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