Los Ministros de Gobierno

Los Ministros de Gobierno

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Ministros de Gobierno

- Constitución Política de Costa Rica 1949

Capitulo III - Los Ministros de gobierno

Articulo 141. Para el despacho de los negocios que corresponden al poder ejecutivo habrá los Ministros de gobierno que determine la ley se podrá encargar a un solo ministro dos o mas carteras.
Articulo 142. Para ser ministro se requiere:
  • Ser ciudadano en ejercicio;
  • Ser costarricense por nacimiento, o por naturalización diez años de residencia en el país, después de haber obtenido la nacionalidad.
  • Ser del Estado seglar;
  • Haber cumplido veinticinco años de edad.
  • Articulo 143. La función del ministro es incompatible con el ejercicio de todo otro cargo publico sea o no de elección popular salvo el caso de que leyes especiales les recarguen funciones son aplicables a los Ministros las reglas prohibiciones y sanciones establecidas en los articulas 110, 111 y 112 de esta Constitución en lo conducente

    Los Vicepresidentes de la República pueden desempeñar Ministerios.

    Articulo 144. Los Ministros de gobierno presentaran a la Asamblea Legislativa cada año dentro de los primeros quince días del primer periodo de sesiones ordinarias una memoria sobre los asuntos de su dependencia.

    Articulo 145. Los Ministros de gobierno podrán concurrir en cualquier momento con voz pero sin voto a las sesiones de la Asamblea Legislativa y deberán hacerlo cuando esta así lo disponga.

    Articulo 146. Los decretos acuerdos, resoluciones y ordenes del poder ejecutivo requieren para su validez las firmas del Presidente da la República y dl ministro del ramo y además en los casos que esta Constitución establece la aprobación del Consejo de gobierno.

    Para el nombramiento y remoción de los Ministros bastara la firma del Presidente de la República.

    Constitución de Costa Rica - 1949
    La República
    Los Costarricenses
    Los Extranjeros
    Derechos y Garantías Individuales
    Derechos y Garantías Sociales
    La Religión
    La Educación y la Cultura
    Los Ciudadanos
    El Sufragio
    El Tribunal Supremo de Elecciones
    Organización de la Asamblea Legislativa
    Atribuciones de la Asamblea Legislativa
    Formación de las Leyes
    El Presidente y los Vicepresidentes de la República
    Deberes y Atribuciones de quienes ejercen el Poder Ejecutivo
    Los Ministros de Gobierno
    El Consejo de Gobierno
    Responsabilidades de quienes ejercen el Poder Ejecutivo
    El Poder Judicial
    El Régimen Municipal
    El Presupuesto de la República
    La Contraloría General de la República
    La Tesorería Nacional
    Las Instituciones Autónomas
    El Servicio Civil
    El Juramento Constitucional
    Las Reformas de la Constitución
    Disposiciones Finales
    Disposiciones Transitorias
    Constitucion Costa Rica Poder Ejecutivo Ministros 2024
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